El Senado aprobó la reforma a la Ley de Amparo; modificaron la propuesta inicial para evitar restricciones indebidas al acceso a la justicia.
Karina Cuevas
Cerca de las 23:00 horas de este miércoles, el Senado de la República aprobó con 76 votos a favor, 39 en contra y ninguna abstención, las reformas a la Ley de Amparo, el Código Fiscal de la Federación y la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.
Al presentar el dictamen, el presidente de la Comisión de Justicia, Javier Corral, aseguró que las comisiones dictaminadoras coincidieron en construir un documento que refleje las opiniones vertidas en los diálogos, por lo que la iniciativa sufrió algunas modificaciones.
Esto, tras realizar dos días de audiencias públicas en las que participaron especialistas, litigantes y organizaciones civiles.
Corral aseguró que esta ley busca modernizar el juicio de amparo brindando mayores herramientas digitales, hacer más expedito el proceso judicial y, sobre todo, garantizar que siga siendo un recurso frente a los actos de autoridad.
“La reforma persigue tres objetivos fundamentales; modernizar el juicio de amparo incorporando de manera clara el uso de herramientas digitales, hacer más eficiente y ágil el procedimiento cerrando espacios a la dilación y el abuso de esta noble institución, y preservar el caracter garantista reafirmando que es un recurso efectivo de defensa frente a los actos de autoridad.
Pero todo se encierra en un fin último: fortalecer al juicio de amparo como escudo ciudadano frente al poder, pero al mismo tiempo, cerrar los resquicios que han permitido abusos procesales que afectan al interés colectivo y, con ello, el desarrollo del país”.
Las modificaciones a la iniciativa presidencial —hechas por los legisladores integrantes de las comisiones unidas de justicia, de hacienda y de asuntos legislativos— prevén:
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Reforzar la certeza jurídica.
Evitar restricciones indebidas al acceso a la justicia.
Garantizar la protección efectiva de los derechos humanos.
Uno de los principales cambios tiene que ver con el llamado ”interés legítimo“, figura clave que determina quién puede presentar un amparo. Aunque se mantuvo la intención de delimitar sus elementos, las comisiones eliminaron requisitos considerados “excesivamente restrictivos” en el texto original, como el que exigía que el daño fuera “actual” y que el beneficio fuera “directo“.
La intención es evitar que personas o colectivos queden fuera del derecho a defenderse.
Ciudadanía desamparada: oposición
Las y los senadores de oposición cuestionaron la verdadera intención de esta reforma de ley. Por ejemplo, la senadora del Partido Revolucionario Institucional (PRI), Carolina Viggiano Austria, expresó que la ciudadanía estará desamparada:
“Sé que hoy dicen que no se va a quitar el juicio de amparo. Claro, no se va a quitar, se va a restringir la admisión, la suspensión, la ejecución de la sentencia. En conclusión, dejan al pueblo desamparado. Ahora van a proteger al pueblo, al gobierno o a los poderosos del pueblo bueno”.
Uno de los puntos clave de la reforma a la Ley de Amparo es la reducción de plazos. Ahora, los jueces contarán con 90 días naturales para emitir una sentencia después de la audiencia constitucional. Además, podrán desechar con mayor facilidad recusaciones que se usen como mecanismo para dilatar los juicios.
Turnaron el dictamen aprobado a la Cámara de Diputados.
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