SCJN revoca amparo a Nueva Elektra y ordena nueva sentencia por crédito fiscal de 67 millones

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La Suprema Corte anuló el amparo que favorecía a Nueva Elektra y confirmó que el SAT puede fiscalizar directamente a sociedades controladas. El Tribunal deberá emitir una nueva sentencia; también quedó pendiente el caso de TotalPlay por 645 millones.

Hazel Zamora

 

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) revocó la sentencia de un tribunal colegiado que había favorecido a Nueva Elektra, de Grupo Salinas, al reconocer que el SAT sí puede ejercer sus facultades de comprobación. Con ello, el Tribunal deberá emitir una nueva sentencia sobre un crédito fiscal de 67 millones de pesos.

 

A petición del ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz, quedó pendiente la resolución de otro amparo promovido por Grupo Salinas, relacionado con un crédito fiscal de la empresa TotalPlay por más de 645.7 millones de pesos.

 

El Pleno de la SCJN revocó la sentencia que había amparado a Nueva Elektra del Milenio, de Grupo Salinas, para no pagar un crédito fiscal de 67 millones 165 mil 827 pesos.

 

Bajo la ponencia de la ministra Lenia Batres Guadarrama, el Pleno abordó, en el amparo directo en revisión 3842/2024, si el Servicio de Administración Tributaria (SAT) puede ejercer facultades de comprobación directamente sobre una sociedad controlada que tributaba en el régimen de consolidación fiscal o si solo puede hacerlo respecto de la controladora, como ocurre con Nueva Elektra del Milenio, perteneciente a Grupo Elektra.

 

Un tribunal colegiado había dado la razón a Nueva Elektra al sostener que la revisión debía dirigirse únicamente a la sociedad controladora.

 

No obstante, la Corte determinó que esa interpretación es incorrecta: la Constitución y la ley permiten que la autoridad fiscal revise directamente a cada contribuyente, incluidas las sociedades controladas, aun dentro del régimen de consolidación.

 

“Lo que hace es establecer una excepción. Lo que señala es que las sociedades controladas, al formar parte del régimen de consolidación, quedan exentas de las facultades de fiscalización, y pretende sostener este criterio en la jurisprudencia 42/2015. Lo que debemos decir es que esta excepción no tiene base constitucional”.

 

En contra del proyecto votaron las ministras Yazmín Esquivel, Loretta Ortiz e Irving Espinosa, al sostener que el caso no planteaba un tema constitucional.

 

Por mayoría de seis votos, el expediente será devuelto al Vigésimo Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa para que emita una nueva sentencia contra Nueva Elektra conforme a lo resuelto por la Corte.

 

A petición del ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz, quedó pendiente la resolución del último litigio de Grupo Salinas en la Corte, relacionado con el crédito fiscal de TotalPlay por más de 645 millones de pesos, con el fin de contar “con un análisis más amplio del caso”.

 

Nueva multa contra Grupo Salinas

 

El Pleno también negó el impedimento 32/2024 promovido por Grupo Salinas para apartar de la discusión a las ministras Lenia Batres y Yasmín Esquivel.

 

La ministra Loretta Ortiz Ahlf, encargada del proyecto, señaló que ninguna de las pruebas presentadas demostraba falta de imparcialidad y propuso imponer una multa a la empresa por dilatar el juicio.

 

“Se propone imponer una multa equivalente a 300 Unidades de Medida y Actualización, pues el impedimento planteado ha causado un perjuicio grave al proceso del que deriva, dado que provocó retraso injustificado en la impartición de justicia y la necesidad de realizar actuaciones judiicales innecesarias por parte de esta Corte”.

 

Las resoluciones de este día se suman a los siete amparos que el Pleno de la Corte desechó la semana pasada, promovidos por el empresario Ricardo Salinas contra sus adeudos fiscales, por los que deberá pagar más de 48 mil millones de pesos.

 

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