Juan Carlos Rodríguez / El Sol de México
La Corte también advirtió en su sesión de este martes que una norma penal así redactada puede generar un efecto inhibitorio y llevar a la autocensura.
La invalidez fue fijada con efectos retroactivos al 2 de febrero de 2025, fecha en que entró en vigor el decreto impugnado, pero únicamente en beneficio de las personas sancionadas.
En los hechos, la resolución cierra la puerta a que una fórmula tan abierta pueda usarse para sancionar expresiones públicas legítimas, sin una definición clara de lo que constituye una amenaza penalmente perseguible.
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