Ampliará el plazo de contestación de demandas laborales, así como los montos de las sanciones por incumplimientos.
La reforma a la Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado de Tabasco ampliará el plazo de contestación de demandas laborales, así como los montos de las sanciones por incumplimientos.
El dictamen que será sometido a votación del Pleno este lunes en el Tercer Periodo Extraordinario de Sesiones, establece cambios en el Artículo 111, para pasar de 10 a 15 los días hábiles para la contestación de una demanda, contados a partir del día siguiente a la fecha de su notificación.
En el Artículo 121 bis, se refiere que “los abogados, litigantes o representantes de las partes que promuevan acciones, excepciones, incidentes, diligencias, ofrecimiento de pruebas, recursos y, en general, toda actuación en forma notoriamente improcedente, con la finalidad de prolongar, dilatar u obstaculizar la sustanciación o resolución de un juicio laboral, el Tribunal de Conciliación y Arbitraje le impondrá una multa de acuerdo a los artículos 128 y 129 de esta ley”.
El Artículo 128 establecía multas de siete veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), equivalente a 821.17 pesos mexicanos. Con la reforma, se dan facultades al Tribunal de Conciliación y Arbitraje para imponer multas de siete UMA’s como mínimo y hasta 100 UMA’s como máximo, es decir, 11 mil 731 pesos.
Son sujetos a las sanciones, los trabajadores de base, obra determinada y tiempo determinado y de confianza, así como titulares del Congreso del Estado, presidente de la Junta de Coordinación Política; en el Ejecutivo estatal el gobernador y en las dependencias los funcionarios de mayor jerarquía y en el Poder Judicial, el pleno del Tribunal Superior de Justicia, representado por el magistrado presidente.
En el caso de los municipios, los Ayuntamientos, representados por el Síndico de Hacienda, el presidente municipal o por el presidente del Consejo en su caso y en los organismos descentralizados y desconcentrados así como en las sociedades de participación estatal mayoritaria, los funcionarios de mayor jerarquía.
En la propuesta se incluye la modificación al Artículo 129 debido al cambio de denominación de la ahora Secretaría de Administración y Finanzas, que aún aparecía en la ley como Secretaría de Planeación y Finanzas.
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