Desde causales de nulidad hasta candidaturas: el ABC de la reforma electoral

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Luisa María Alcalde informó que ya están vigentes tres reformas electorales aprobadas por el Congreso. Con ello, se implementan cambios a la elección judicial, filtros para candidaturas y sanciones por injerencia extranjera.

 Laura Velarde

La consejera jurídica del Ejecutivo Federal, Luisa María Alcalde, informó durante la conferencia matutina que ya entraron en vigor tres reformas electorales aprobadas durante el reciente periodo extraordinario del Congreso. Es decir, una relacionada con la elección del Poder Judicial, otra para la verificación de integridad de candidaturas y una más que incorpora la intervención extranjera como causal de nulidad electoral.

 

Alcalde destacó que las modificaciones fueron avaladas por la mayoría calificada del Congreso de la Unión y por 25 congresos locales. Por lo que, tras su publicación en el Diario Oficial de la Federación, comenzaron a aplicarse este 3 de junio.

 

“Fueron aprobadas por la mayoría calificada, dos terceras partes de la Cámara de Diputados y del Senado. Como sabemos, las reformas constitucionales requieren también pasar por los congresos locales. Fueron aprobadas por 25 congresos locales, concluyendo así todo el proceso legislativo. Por ello, dado que ayer fueron publicadas en el Diario Oficial, estas reformas entran en vigor a partir de hoy. Los partidos que votaron a favor Morena, PT y Partido Verde y en contra de estas tres iniciativas, el PAN, el PRI y Movimiento Ciudadano».

 

 

Respecto a la elección judicial, señaló que la reforma busca facilitar la participación ciudadana y evitar que coincida con los comicios federales de 2027. Por lo que la jornada se trasladará a 2028.

 

“Se mueve la fecha, ya no se realizaría en 2027, pasa a realizarse en 2028 para que no se combine con la elección que de por sí será una de las elecciones más grandes de la historia y darle tiempo para que la ciudadanía pueda conocer los candidatos de manera separada. Por ello la elección se realizará el 4 de junio de 2028”.

 

Alcalde rechazó las críticas que acusan al oficialismo de corregir errores en la reforma judicial. Por lo que sostuvo que los cambios buscan fortalecer el modelo de elección popular de jueces y magistrados.

 

“Vimos una crítica que decía: ‘Ya se echaron para atrás, reconocen que su reforma se equivocó’. Falso. En realidad esta reforma reitera el carácter democrático de elegir al Poder Judicial y se reafirma facilitando la participación ciudadana a partir del ejercicio que ya vivimos. Un ejercicio inédito por primera vez en la historia de este país, los ciudadanos votamos de manera libre e informada por quienes serán nuestros juzgadores”.

 

Sobre la segunda reforma, explicó que se crea un mecanismo voluntario para que los partidos políticos puedan solicitar información a las autoridades de seguridad, procuración de justicia y del sistema financiero sobre posibles riesgos relacionados con sus candidaturas.

 

“El INE crea una comisión conformada por tres consejeros y consejeras. La comisión recibe de forma voluntaria, subrayo, por parte de los partidos políticos, los listados de las candidaturas y lo remite a las autoridades de seguridad, inteligencia, procuración de justicia y del sistema financiero para su análisis. Las autoridades advertirán la existencia o no de un riesgo razonable y lo informarán a la comisión en condiciones de confidencialidad”.

 

 

También subrayó que el Instituto Nacional Electoral no tendrá facultades para investigar ni cancelar candidaturas.

 

“El INE no investiga, no emite un juicio sobre la integridad de las candidaturas ni resuelve sobre su registro. El INE solo será el vínculo institucional para facilitar el intercambio de información de manera ágil entre las instituciones que tienen la información y los partidos políticos. Son este puente”.

 

Finalmente, sobre la reforma impulsada por el coordinador de Morena en San Lázaro, Ricardo Monreal. Por lo que destacó que la principal novedad es que la injerencia extranjera acreditada podrá derivar en la anulación de elecciones federales o locales.

 

“El artículo 40 de la Constitución ya establecía, por supuesto, la prohibición de intervención extranjera en las elecciones mexicanas. ¿Qué es lo novedoso? La consecuencia. Esa intervención puede derivar en una nulidad de la elección. ¿Quién toma esa determinación? Las autoridades electorales, los tribunales electorales”.

 

La consejera agregó que corresponderá al Congreso discutir las leyes secundarias para definir los criterios, estándares de prueba y reglas de aplicación de esta nueva causal de nulidad, proceso que deberá concretarse en un plazo máximo de 90 días.

 

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