“Planeación democrática” en Tabasco, tercera iniciativa del Ejecutivo estatal al Congreso

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“El Sistema Estatal de Planeación Democrática se constituirá por la participación y consulta popular, así como los criterios para la formulación, instrumentación, control y evaluación del plan y los programas que de él se deriven, induciendo a la participación de los ayuntamientos y particulares en las acciones a realizar para su ejecución”, abunda la iniciativa.

El gobernador Javier May Rodríguez envió al Congreso del Estado una tercera iniciativa para reformar la Ley de Planeación del Estado de Tabasco.

La Comisión Ordinaria de Gobernación y Puntos Constitucionales dio inicio al análisis del documento que establece ajustes, en base a modificaciones ya realizadas a la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo de Tabasco, con la fusión de secretarías y las facultades otorgadas a la Secretaría de Administración y Finanzas para la coordinación de vinculación con el Comité de Planeación para el Desarrollo del Estado de Tabasco (COPLADET).

La iniciativa enmarca que la Planeación del Desarrollo es el proceso mediante el cual el estado define a las políticas públicas, por medio de la participación democrática y deliberativa que contribuyan a mejorar las condiciones de bienestar de la población en conjunto, en el marco de las atribuciones del Ejecutivo estatal y de los Ayuntamientos, en materia de regulación y promoción de la actividad económica, social, política y cultural.

Se destaca que la “planeación democrática y deliberativa, es el proceso mediante el cual se recogen las aspiraciones y demandas de la sociedad, para incorporarlas a los programas que de él se derivan, a través de los procedimientos de participación y consulta popular, considerando a los grupos originarios”.

“El Sistema Estatal de Planeación Democrática se constituirá por la participación y consulta popular, así como los criterios para la formulación, instrumentación, control y evaluación del plan y los programas que de él se deriven, induciendo a la participación de los ayuntamientos y particulares en las acciones a realizar para su ejecución”, abunda la iniciativa.

Agrega que el titular del Ejecutivo estatal, remitirá al legislativo para su aprobación, el Plan Estatal de Desarrollo (PLED) “y para su conocimiento, los programas sectoriales especiales, así como los programas operativos anuales que de esto se deriven, dentro de los plazos que fijen las leyes”.

Los entes públicos deberán planear y conducir sus actividades con perspectiva intercultural de género y de respeto a los derechos humanos, con la finalidad de impulsar la igualdad sustantiva y la inclusión de grupos en situación de vulnerabilidad y será la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno la que vigile el cumplimiento de los objetivos y prioridades del PLED y de los programas que de él se deriven.

En la propuesta de reforma, se incluye que el titular del Ejecutivo estatal deberá enviar el PLED al Congreso del Estado, en un plazo de siete meses, contados a partir del inicio de su periodo constitucional. En la ley vigente el plazo es de seis meses.

Y en el caso de alcaldías, el plazo para que los Cabildos aprueben el Plan Municipal de Desarrollo de cada municipio, será de 6 meses. Actualmente tienen ocho meses para cumplir esta responsabilidad.

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