De acuerdo con el decreto, fabricar, usar, vender o distribuir productos protegidos por patentes sin autorización será castigado de la misma forma que si fueran realizadas por medios tradicionales.
Según se establece en el capítulo 5, el instituto también tiene la facultad de condenar al pago de los daños y perjuicios causados a la persona titular afectada y cuantificar el monto de la indemnización.
Se agiliza el registro de patentes
En el decreto también se estipula un plazo máximo de un año para aprobar o negar de manera definitiva el registro de patentes a inventores para la creación de nuevos productos y procesos.
Para garantizar lo anterior, se acordó la creación de un Comité Técnico Especializado que determinará si las solicitudes de registro de nuevas patentes son procedentes y vigilará que sean resueltas en los plazos establecidos.
“Las personas integrantes del Comité Técnico Especializado desempeñarán sus funciones de manera honorífica, por lo que no recibirán emolumento o percibirán remuneración económica alguna”.
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