Urge especialista a dictar reglas claras para la misión Artemis II

ndh
By ndh
6 Min Read

Los tripulantes de la nave Jeremy Hansen, Christina Koch, Victor Gloverand y Reid Wiseman.Foto Afp

Eirinet Gómez

 

Periódico La Jornada
Lunes 26 de enero de 2026, p. 6

¿De quién es la Luna? El regreso a nuestro satélite natural no sólo plantea desafíos tecnológicos, sino una pregunta de fondo: ¿quién pone las reglas cuando la actividad humana se expande más allá del planeta? La misión Artemis II de la NASA ha abierto una discusión urgente sobre gobernanza espacial, que va desde la definición de derechos y responsabilidades hasta el uso de recursos fuera de la Tierra.

En entrevista con La Jornada, Gustavo Medina Tanco, responsable del Laboratorio de Instrumentación Espacial de la UNAM, plantea que la humanidad se adentra a un territorio donde la regulación todavía no es tan clara. “¿Qué hay en términos legales? Muy poco, apenas cinco tratados y algunas reglamentaciones de Naciones Unidas.

“El problema al que nos enfrentamos es que nuestro derecho (civil, comercial, penal) ha evolucionado dentro de la biosfera y a partir de nuestra realidad evolutiva.”

Resalta que dos principios básicos del derecho actual son la propiedad y la soberanía. “Si estás en México reconoces que hay un territorio vinculado con ese país, que hay un marco jurídico asociado y que hay una soberanía”, pero eso no aplica cuando se trata del espacio.

Hoy existen cinco tratados multilaterales impulsados por la ONU que regulan las actividades en el espacio ultraterrestre, gestionados por la Oficina de Asuntos del Espacio Ultraterrestre de Naciones Unidas.

De este cuerpo legal destaca el Tratado sobre el espacio ultraterrestre, firmado en 1967, que regula las actividades de los estados en la exploración y uso del espacio, incluso la Luna y otros cuerpos celestes. El tratado establece que el espacio debe utilizarse en misiones pacíficas y no puede ser apropiado por ninguna nación.

“En el tiempo en que se firmó este acuerdo, estábamos mandando unos cuantos cachivaches a la Luna, otros a Marte, otros a Venus y nada más. Nadie pensaba en hacer una actividad económica con eso”, mencionó el investigador.

Entre los países firmantes están Estados Unidos, Rusia, China, India y los países europeos más ricos.

Otro es el Acuerdo sobre la Luna (1979), que rige las actividades de los estados en el satélite y otros cuerpos celestes. Como parte de sus lineamientos, detalla que los cuerpos del espacio deben usarse exclusivamente para fines pacíficos, prohíbe su contaminación y establece un régimen internacional para gestionar sus recursos si la explotación se vuelve viable.

Entre los planteamientos más relevantes de este acuerdo se establece que “la Luna y sus recursos naturales son patrimonio común de la humanidad” y que “ni la superficie ni el subsuelo de la Luna, ni ninguna parte de ellos, ni tampoco los recursos naturales existentes podrán ser propiedad de ningún Estado, organización internacional intergubernamental o no gubernamental, organización nacional o entidad no gubernamental ni de ninguna persona física”.

Foto

Artemis II en la plataforma de lanzamiento 3 del edificio de ensamblaje de vehículos en el Centro Espacial Kennedy, el 16 de enero pasado en Florida.Foto Afp

Este acuerdo no lo firmaron Estados Unidos, Rusia, China, India “ni nadie que pensara en desarrollar la capacidad para hacer algo algún día”, subraya el científico.

“Zonas de seguridad”

En el contexto de la campaña de la nave, Estados Unidos impulsó los Acuerdos Artemis en octubre de 2020 firmados inicialmente por Australia, Canadá, Emiratos Árabes Unidos, Italia, Japón, Luxemburgo y Reino Unido.

Uno de los aspectos más relevantes de éstos es que son de carácter binacional; es decir, que no es un tratado internacional multilateral, sino que son firmados de manera individual entre Estados Unidos y cada país participante. Hasta ahora 55 países los han suscrito.

Otro rasgo central es que establecen “zonas de seguridad”, que son áreas temporales alrededor de una actividad espacial (en la Luna, por ejemplo) donde otros actores deben saber que alguien está operando ahí, a fin de no estorbar ni causar accidentes.

Si bien este postulado no otorga soberanía ni derechos de propiedad, sí define perímetros temporales para que se realicen actividades espaciales –una misión, un aterrizaje o una extracción experimental–, y será hasta que concluyan las labores que se levante la “zona de seguridad”.

Además, abren la puerta a la comercialización de los materiales extraídos, ya que sostienen que usar recursos espaciales es compatible con el Tratado del espacio ultraterrestre, ya que no equivale a apropiarse de un territorio.

Para Medina Tanco, Artemis II marca un punto de inflexión porque la exploración espacial se concibe como una actividad sostenida en la que interactúan estados, empresas privadas y consorcios internacionales con fines de expansión económica y comercial, por lo que planteó la necesidad de construir nuevas reglas para regular la interacción entre los protagonistas (Estados Unidos y China de esta nueva era espacial) y evitar caer en los mismos errores que en la Tierra.

“Ahora corremos el riesgo de cometer los mismos errores de siempre, pero a nivel espacial.”

DERECHOS DE AUTOR
Esta información pertenece a su autor original y fue recopilada del sitio https://www.jornada.com.mx/2026/01/26/ciencias/a06n1cie?partner=rss

TAGGED:
Share This Article