En el Perú, la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas es un derecho que está garantizado por la Constitución Política. El marco legal que establece las bases y condiciones de este reconocimiento está amparado en el Decreto Legislativo N° 677 y N° 89. En esta nota te damos a conocer los aspectos claves para recibir este dinero extra en este 2024.
Los empleados que participan en la riqueza de su empresa a través de su trabajo, tienen el reconocimiento de una participación siempre que se cumplan ciertas condiciones:
- Aplica para empresas que pertenecen al régimen laboral de la actividad privada.
- La empresa debe contar con más de 20 trabajadores (para determinar si la empresa excede los 20 trabajadores debe sumar el número de trabajadores que hubiesen laborado en cada mes del año y dividir el resultado entre 12, y se considera un redondeo al número mayor si es igual a 0,5 el resultado).
- El empleador debe generar rentas de tercera categoría o renta empresa.
- Este derecho aplica para los trabajadores (no locación de servicios, prácticas pre o profesionales, cooperativas de trabajadores y similares).
- Los trabajadores deben cumplir la jornada de trabajo establecida por el empleador.
- Los trabajadores con accidentes o enfermedad ocupacional (con descanso médico acreditado) también tienen derecho a esta participación en igualdad de condiciones.
El dinero que se reparte es un porcentaje que dependerá de la actividad que realiza la empresa. Por ejemplo, si pertenece al rubro pesquero, el reparto será del 10%. Si es de actividad minera, comercio y restaurantes la obligación será del 8%.
Conforme el porcentaje de acuerdo a la actividad empresarial, la determinación del monto a distribuir se realiza como sigue: El 50% del monto se reparte en función de los días trabajados y el otro 50% en función a las remuneraciones percibidas por el trabajador y el monto total de planilla.
- Empresas pesqueras: 10%
- Empresas de telecomunicaciones: 10%
- Empresas industriales: 10%
- Empresas mineras: 8%
- Comercio y restaurantes: 8%
- Otras actividades: 5%
Cabe indicar que se consideran como días efectivamente laborados: licencias sindicales, inasistencia debido al cierre de local por infracción tributaria del empleador, días no laborados por despido nulo, hora de lactancia, suspensiones por casos fortuitos o fuerza mayor, licencia a los miembros del comité y supervisores de seguridad y salud en el trabajo, descanso médico por accidente o enfermedad del trabajador.
El límite de pago de utilidades por trabajador es de 18 remuneraciones mensuales vigentes del cierre del ejercicio por cada trabajador.
El pago de las utilidades debe efectuarse en un plazo máximo de 30 días después de que la empresa presente la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta. Para el ejercicio 2023 los vencimiento en el 2024 se generará un cronograma según el RUC de cada empresa.
Usualmente, la fecha límite culmina en mayo. El pago sería aproximadamente entre el 25 de marzo y 13 de mayo. El empleador te brindará una hoja de liquidación con información que muestra cómo se llegó al resultado que se te pagó.
Se calcula el monto según los días que trabajaste y la remuneración que recibiste durante el año que corresponde a las utilidades.
Ante el incumplimiento de este derecho, Sunafil procede a sancionar, dependiendo de la gravedad y tamaño de la empresa. El monto de la multa oscila entre los S/1.138 hasta los S/260.023. Si una empresa no cumple con pagarte en el plazo determinado, puedes denunciar AQUÍ en este apartado de Sunafil.
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Esta información a su autor original y fue recopilada del sitio https://www.infobae.com/peru/2024/02/25/utilidades-2024-cinco-datos-claves-sobre-el-reparto-de-este-dinero-extra-a-los-trabajadores/